Obligaciones legales para el destinatario 1. Recepción de la factura por medio electrónico
Regulado en el artículo 21 e inherente a las obligaciones de la conservación de las facturas electrónicas se indica que: “El destinatario se debe asegurar de la legibilidad en el formato original en el que se haya recibido, así como, en su caso, de los datos asociados y mecanismo de verificación de firma”. A diferencia del emisor, al que se permite construir la factura desde la matriz, el destinatario debe conservar los originales firmados. 2. Contabilización y anotación en registros de IVA. 3. Conservación durante el período de prescripción. 4. Deber de gestionar las facturas de modo que se garantice una accesibilidad completa:
5. Todas las fases anteriores puede subcontratarlas a un tercero, sin perder su responsabilidad. |